DOCTRINA Y VIDA CRISTIANA

La Nueva Creación:
“Orden y Disciplina en la Nueva Creacion”
Parte XV

La disciplina en la Ecclesia
—Mateo 18:15-18—

La administración de la disciplina no es solamente función de los ancianos, sino de toda la Iglesia. Si alguien parece estar equivocado o en pecado, su supuesto mal debería ser puesto de manifiesto ante él solamente, por aquel que fue ofendido o por el miembro que descubrió primero la equivocación. Si el reprobado no se arrepiente a sí mismo y continúa en el error o en pecado, entonces se debería solicitar a dos o tres hermanos, sin prejuicio previo, que escuchen el asunto y den un consejo a los litigantes. (Pueden o no ser ancianos, pero su condición de ancianos no debería añadir fuerza o autoridad al caso, excepto cuando su juicio pueda ser el más maduro y su influencia la más poderosa). Si este comité decide unánimemente a favor de cualquier parte, la otra debería consentir, y finalizar el asunto completamente, haciendo la inmediata corrección o restitución hasta donde sea posible. Si alguno de los litigantes originales persiste aun en el camino incorrecto, el que hizo la acusación original o uno de los llamados a formar el comité o preferentemente todos estos juntos, pueden entonces (pero no muy pronto) ejercitar su privilegio de llevar el asunto ante la Ecclesia, el cuerpo, la Iglesia. De esa manera, es evidente que los Ancianos no fueron de ningún modo destinados para ser jueces de los miembros, la audición y el juicio fueron dejados para el cuerpo local o Iglesia.

Habiendo llevado a cabo los dos pasos preliminares antes mencionados, habiendo sido los hechos certificados por los ancianos, sería deber suyo llamar a una reunión general de la Ecclesia, o cuerpo consagrado, a semejanza de una corte, para escuchar el caso en todos sus detalles, y en el nombre y reverencia de su Cabeza para establecer una decisión. Y el asunto debería ser tan claro y el condenado haber recibido un tratamiento generoso, que la decisión sería unánime o casi unánime. De esa manera se preservaría la paz y la unidad del cuerpo (la Ecclesia). Es posible el arrepentimiento aun hasta el momento de la condena de la Iglesia. Más aun, el gran objetivo de cada paso de estos procedimientos es asegurar el arrepentimiento y la reforma, recuperar al trasgresor; de ningún modo su castigo como objetivo. El castigar no es de nosotros sino de Dios: “No os venguéis vosotros mismos, amados míos, sino dejad lugar a la ira de Dios; porque escrito está: mía es la venganza, yo pagaré, dice el Señor.” (Romanos 12:19). Si el malhechor se arrepiente en cualquiera de las etapas de este procedimiento, debería ser motivo de regocijo y de acción de gracias para todo el que posea el Espíritu del Señor, y no otros son miembros de su cuerpo (Romanos 8:9).

Ciertamente, aun si el trasgresor se rehúsa a escuchar (obedecer) la decisión de toda la Iglesia, no se debería aplicar ningún castigo ni aun intentarlo. ¿Entonces qué? Simplemente la Iglesia debe retirarle su condición de miembro y cualquier signo o manifestación de hermandad. Desde ese momento el infractor debe ser tratado “por gentil y publicano.” (Mateo 18:17).

En ningún momento de estos procedimientos deben hacerse públicos las faltas o defectos del infractor, lo que escandalizaría a él y a la Iglesia, y al Señor, la Cabeza de la Iglesia. Ni tampoco se debe hablar de él con severidad aun después de la separación, asimismo nosotros no debemos reprochar o reclamar algo a hombres paganos y publicanos, sino más bien “que a nadie difamen, que no sean pendencieros, sino amables, mostrando toda mansedumbre para con todos los hombres” y “así que, según tengamos oportunidad, hagamos bien a todos, y mayormente a los de la familia de la fe” (Tito 3:2, Gálatas 6:10). El amor es la cualidad que insiste en la más estricta obediencia a estos dos últimos requisitos para “todos los hombres”: cuanto más amor, se insistirá en que un “hermano”, un miembro compañero en la Ecclesia, el cuerpo de Cristo, no solamente no sea ofendido con falsas o confusas declaraciones, sino que adicionalmente, sus debilidades o errores o pecados sean cubiertos cuidadosamente, no solamente del mundo adverso, sino también de “la familia de la fe” y aun de la Iglesia, hasta que el paso final de “decírselo a la Iglesia” deba ser de absoluta necesidad. En cada paso, el espíritu del amor esperará que el malhechor esté actuando bajo algún malentendido, y estará orando por sabiduría y gracia para sacar a un pecador del error de su proceder y así (posiblemente) salvar un alma de la muerte (Santiago 5:20).

¡Oh, que el Espíritu Santo, el espíritu del amor, pueda habitar en cada miembro de la Ecclesia tan abundantemente que diera pena escuchar un asunto difamatorio sobre cualquiera, y especialmente respecto de algún miembro compañero! Esto eliminaría inmediatamente la mitad de la fricción, o más. Ni tampoco el seguimiento del procedimiento anterior, diseñado por nuestro Señor, conduciría a frecuentes juicios de la iglesia: más aun, mientras se elimine el terreno para la animadversión, inculcaría un respeto por la sentencia de la Iglesia como si fuera la sentencia del Señor, y la voz de la Iglesia sería escuchada y por consiguiente obedecida. Además, con el orden y el amor prevaleciendo así, nosotros podemos estar seguros de que cada uno buscaría, tanto como sea posible, “cuidar sus propios asuntos” y de no intentar reprobar a su hermano o corregirlo, o llevar el asunto ante un comité o ante la Iglesia, a menos que el asunto tuviera alguna importancia con relación a él mismo o a la Iglesia o a la Verdad.

Indudablemente, la mayoría de los problemas de la Iglesia (y también los problemas de la sociedad y la familia) no surgen de un deseo de hacer el mal, ni tampoco de un mal cometido involuntariamente, sino de malentendidos y de malas interpretaciones de intenciones o motivos. La lengua es el causante de daños más generalizado; y por ello, es parte del espíritu de una mente sana establecer una vigilancia sobre la boca así como también sobre el corazón, del cual proceden los sentimientos mezquinos, que expresados por la boca, inflaman las pasiones y a menudo muchas injurias. La Nueva Creación, la Iglesia, tiene instrucciones estrictas de su Señor y Cabeza sobre este importante asunto. Su espíritu de amor los llena a medida que ellos van solitariamente, de manera privada, a la persona injuriosa sin hablar o conferenciar previamente con nadie. Ellos no van para hacerlo (o hacerla) culpable de su conducta, ni para reprocharle o de otro modo castigarle, sino para asegurar el cese del error y, si es posible, alguna recompensa por la injuria ya recibida. Contar a otros sobre el error, primero o después, es cruel y poco afectuoso, contrario a la Palabra y Espíritu de nuestra Cabeza. Ni tampoco para solicitar consejo se debería contar el asunto, nosotros tenemos el consejo del Señor y deberíamos seguirlo. Si el caso fuera algo peculiar, se debería buscar al más sabio de los ancianos y pedirle su consejo en el sentido de un hipotético caso, de manera que no se devele el problema real ni al malhechor.

A menos que el problema sea serio, el asunto debe finalizar con el llamado personal al malhechor, ya sea si escucha o se abstiene de escuchar, como para dejarlo allí. Pero si se considera necesario el segundo paso, no se debería explicar el problema a los consultados hasta que se reúnan en presencia del acusador y del acusado. Luego, se deberá evitar las “conversaciones” difamatorias y el comité de hermanos abrirá el caso de manera imparcial y estará en la mejor condición para dar consejo a ambas partes de manera sabia; porque el problema podría estar en ambas partes o posiblemente de manera total en la parte acusadora. En todos los sucesos, el acusado será impresionado favorablemente por tratamiento tan justo y estará mucho más propenso a rendirse ante tales consejeros si a ellos también les parece que su camino es equivocado. Pero si el que es considerado por el comité como equivocado se rindiera o no, todo el asunto es aun estrictamente privado y no se lo debería mencionar a nadie hasta que sea llevado ante la Iglesia, si se considera lo suficientemente importante, y tratado finalmente. Luego por primera vez, es propiedad común de los santos solamente, y, en proporción a su santidad, ellos desearán no decir más de lo necesario a nadie respecto de las debilidades o pecados de alguien.1

(1) Adicionalmente, véase Cap. IX: “Si tu hermano peca en contra de ti”.

Al llevar a cabo las conclusiones de la corte de la Iglesia, el asunto recae sobre cada individuo; de aquí que cada uno debe discernir lo justo de la decisión para sí mismo. La penalidad del retiro de la hermandad está diseñada para que sea una corrección en rectitud, y es prescripción del Señor. Sirve como una protección a la Iglesia, para separar a aquellos que van desordenadamente, no tras el espíritu del amor. No se debe estimar una separación perpetua, sino simplemente hasta que el reprobado reconozca y admita su error y hasta el límite de su habilidad para reparar el daño.


(La siguiente parte del libro “La Nueva Creación” se publicará en la edición de mayo - junio de 2016)


Asociación De los Estudiantes De la Biblia El Alba